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Listado de Resoluciones año 2010
RESOLUCIÓN
NRO. 028
Puerto Santa Cruz,
12 de
Agosto de 2010.-
VISTO:
La nota
presentada por ante este Honorable Concejo Deliberante por el titular de la
Mutual del Personal de la Caja de Servicios Sociales, y;
CONSIDERANDO:
Que, la misma
refiere a la inquietud que aqueja a esta Mutual, que como sabemos presta un
servicio solidario a un gran número de afiliados con una cobertura integral en
toda la Provincia, ante la imposibilidad de habilitar su Farmacia Social en
nuestra localidad;
Que, a pesar de
los esfuerzos e importante inversión que ha realizado la Comisión Directiva de
la Mutual para habilitar una Farmacia Social en nuestra ciudad, hasta la fecha
no ha logrado respuesta favorable por parte de la Intervención de la Caja de
Servicios Sociales que le permita brindar el servicio a los Afiliados a la
misma, siendo que esta mutual brinda un servicio que cubre los costos que la
obra Social Provincial a sus afiliados, en su gran mayoría agentes públicos de
la Provincia, jubilados, y sus familias.
Que, habilitar
la Farmacia Social de la Mutual de la Caja de Servicios Sociales, como
prestadora Farmacéutica en nuestra localidad de la Obra Social Provincial,
implica brindar un verdadero servicio de calidad y menor costo a una gran
cantidad de vecinos, en su mayoría agentes provinciales y municipales, a la vez
que permitirá regular precios de nuestro medio por la sana competencia que la
misma efectuará en el medio.
Que, este
Honorable Concejo Deliberante, como fiel expresión de los intereses de los
vecinos de Puerto Santa Cruz, ve con preocupación la discriminación que sufren
nuestros vecinos al no contar con un servicio que si se brinda en nuestra
ciudad capital.
Que el tema
planteado por la Comisión Directiva de la Mutual puede ser resuelto a la
brevedad por la conducción de la Obra
Social Provincial, toda vez que se trata de permitir un mejor servicio a sus
legítimos propietarios, los agentes públicos de la Provincia de Santa Cruz.
Que es necesario
dictar el instrumento legal que reconozca lo antedicho y obre en consecuencia.
POR ELLO:
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE
DE LA CIUDAD DE PUERTO SANTA CRUZ
SANCIONA CON FUERZA DE
R
E S O L U
C I O N
Art.1º):
DIRIGIRSE
al señor Interventor de la Caja de Servicios Sociales de la
Provincia de Santa Cruz, a los fines de solicitar su personal intervención para
dar una respuesta favorable al pedido de habilitación de la Farmacia Social de
la Mutual de Personal de la Caja de Servicios Sociales en nuestra localidad.
Art. 2ª) REMITIR copia del la
presente al señor Ministro de Asuntos Sociales de la Provincia de Santa Cruz,
Señor Matías MAZZU, a fines de solicitarle imparta las instrucciones
respectivas a la Intervención de la Caja de Servicios Sociales a efectos de
evitar en lo sucesivo situaciones de discriminación de los vecinos de pequeñas
ciudades como la nuestra, respecto a los servicios que se brindan a los demás
ciudadanos de la ciudad Capital provincial.
Art.3º): REMITIR copia de la
presente al señor Intendente Municipal, Don Pedro Donato González, al señor
Presidente de la Mutual del Personal de la Caja de Servicios Sociales, Señor
Mariano NADALICH, al Presidente del INADI Isaías Álvarez, a la Delegada de la Mutual
del Personal de la Caja de Servicios Sociales de la localidad, Señora Liliana
Concepción Ibars, a la Delegada de la Caja de Servicios Sociales de la
localidad Señora Rita Gallardo y al Honorable Concejo Deliberante de Comandante
Luis Piedra Buena.
Art.
4º) ENVIESE copia de la
presente a todos los Honorable Concejos Deliberantes de la provincia de Santa
Cruz, a los fines de solicitarle su ADHESION.
Art. 5°) REFRENDARA
la presente el Señor Secretario General y los
miembros del Honorable Concejo Deliberante.
Art. 6º)
REGISTRESE, tomen
conocimiento las Secretarías de Bloque y cumplido ARCHIVESE. –
RESOLUCION Nº
028/10
PUERTO SANTA CRUZ,
12 DE AGOSTO DE 2010.-

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Fernando
Javier CARCAMO |
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NIRMA DEL CARMEN YÁNEZ |
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SECRETARIO GENERAL |
|
PRESIDENTE |
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Honorable Concejo Deliberante |
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Honorable Concejo Deliberante |

AÑO DEL BICENTENARIO 1810 - 2010
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