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Listado de Resoluciones año 2005

 

 

RESOLUCIÓN NRO. 120

 

Puerto Santa Cruz, 19 de mayo de 2005

VISTO:

La  Ley Nº 17.671 y modificatoria Nº 24.961 donde se establece que la primera actualización de los datos de identificación deberá exigirse al llegar la persona a la edad escolar y a más tardar a los ocho años  de edad, y la segunda actualización al cumplir los dieciséis  años de edad; y  

CONSIDERANDO:       

Que el Art.10º Bis fija, que en la oportunidad de la primera actualización de los datos de identificación, se requerirá la presentación  del certificado que acredite escolaridad actual, extendido por autoridad competente.

Que al tramitar la persona la actualización prevista a los dieciséis años de edad, se solicitará el certificado de aprobación de la Educación General Básica, o acreditación de escolaridad actual.

Que las normas citadas prevén que el Registro Nacional de las Personas informará periódicamente a las autoridades educativas de las distintas jurisdicciones del país, la nomina de personas que no acrediten cursar la escolaridad obligatoria la primera renovación del Documento Nacional de Identidad, o haber aprobado el Nivel de Educación Básica o estar cursando al proceder a la segunda renovación.

Que, en tal sentido, el Ministerio de Cultura y Educación de la Nación coordinará, en el seno de Consejo Federal de Cultura y Educación, con los responsables de las jurisdicciones educativas del país, el desarrollo de programas tendientes a incorporar o reinsertar en el Sistema Educativo Nacional a las personas sin escolaridad detectadas.

    Que por la interacción de los dos organismos estatales se intenta registrar los niveles de escolaridad de la población, no sólo con fines estadísticos sino, fundamentalmente, para tener el estado de situación adecuado para diseñar políticas tendientes a que la totalidad de la población alcance el mayor nivel de instrucción posible y por otro lado reflejar la necesidad de tener la documentación personal con las actualizaciones correspondientes.

Que resulta atinado que, a partir de la acción de las escuelas, se propicie cumplir con los requisitos de actualización de datos de identificación de las personas.

POR ELLO: Y en uso de las atribuciones conferidas por Ley

                           

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE

DE LA CIUDAD DE PUERTO SANTA CRUZ, EN SESIÓN ORDINARIA Nº 531 DEL 19 DE MAYO DE  2005, SANCIONA CON FUERZA DE

RESOLUCIÓN:

Art.1°) ADHERIR al Proyecto Nº 095 de la Honorable Cámara de Diputados de la Provincia de Santa cruz que solicita al Consejo Provincial de Educación que instrumente a través de los establecimientos que correspondan, la exigencia de la actualización de los datos de identificación según lo normado por el Art. 10 de la Ley Nº 17.671 del Registro Nacional de las Personas.

Art. 2º): ENVIAR copia al Señor Presidente de la Honorable Cámara de Diputados de la Provincia, Dn Carlos Sancho y a los  firmantes del Proyecto, Señores Diputados Provinciales Alejandro Guillermo Victoria, Adrián Mario SUÁREZ, Carlos del Carmen SUÁREZ y Selva Judit Forstmann.

Art. 3º) REFRENDARÁ la presente la Señora Secretaria General del Honorable Concejo Deliberante.

Art. 4º)  REGÍSTRESE, NOTIFÍQUESE, tomen conocimiento las Secretarías de Bloque y cumplido ARCHÍVESE.

 

DADA  EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE PUERTO SANTA CRUZ, EN SESIÓN  CELEBRADA EL DIA 19  DE MAYO DE 2005.

 

RESOLUCIÓN……………120/05……..…

 

Norma Castaño

Néstor Fabián González

SECRETARIA GENERAL

PRESIDENTE

Honorable Concejo Deliberante

Honorario Concejo Deliberante

 

 

   

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