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Listado
de Ordenanzas
por
año
ORDENANZA
2010-174
PUERTO SANTA CRUZ,
18 de Marzo de 2010.-
V I S T
O:
Las facultades conferidas al
legislativo Municipal por el art. Nº 47, 4), f) de la Ley
55, y
CONSIDERANDO:
Que
las expectativas de nuestra comunidad y quienes la
representamos, respecto al desarrollo industrial, y
consecuentemente demográfico, se van concretando con
diferentes puestas en marchas de obras públicas y de
infraestructura.-
Ello
sin lugar
a dudas genera expectativas para todos los habitantes de
Puerto Santa Cruz relativas a emprendimientos públicos y
privados que a futuro se puedan llegar a concretar, como así
también Familias de nuestro País que quieran afincarse en
esta Ciudad.-
Es por ello que el
Ejecutivo Municipal continua impulsando la adquisición de
tierras para dar el marco apropiado para la materialización
de aquellos emprendimientos privados, y ello debe ser
acompañado por este Cuerpo Deliberativo que considera
oportuno y apropiado efectivizar la compraventa de las
Chacras II y III del pueblo Puerto de Santa Cruz
Provincia de Santa Cruz mide al NO 3.338 m al SO 986.60 m al
SE 3.404,50 m al NE 999.82 m con una superficie de 340 h. 85
a y 22 cm2. Denominada Chacra San Martín de Cañadon Misiones
respecto a la reserva de compra que realizara el
Ejecutivo Municipal con la Institución Salesiana que implica
sin lugar a dudas la ampliación de la planta urbana,
resultando esta beneficioso respecto al monto de la misma,
el cual fue acordado en un valor y forma de pago ventajoso
para el municipio.
POR ELLO:
Y en uso de las facultades conferidas en la
Ley.
EL HONORABLE CONCEJO
DELIBERANTE DE PUERTO SANTA CRUZ,
EN SESION ORDINARIA Nº605 DEL
18 DE MARZO DEL 2010, SANCIONA CON FUERZA DE:
ORDENANZA
Art. 1º)
AUTORIZAR al Ejecutivo Municipal, a concretar la
compraventa de las Chacras II y III del pueblo Puerto
de Santa Cruz Provincia de Santa Cruz mide al NO 3.338 m al
SO 986.60 m al SE 3.404,50 m al NE 999.82 m con una
superficie de 340 h. 85 a y 22 cm2. Denominada Chacra San
Martín de Cañadon Misiones, en orden al Compromiso
de Oferta y Reserva de Compra que considera parte de la
presente como Anexo I, suscribiendo el correspondiente
Boleto de Compraventa y/o Escritura Traslativa de Dominio
pertinente, en los términos del compromiso suscripto con la
Institución Salesiana.
Art. 2º) REFRENDARA la
presente el Señor Secretario General del Honorable Concejo
Deliberante.-
Art. 3º) REFRENDARÁ
la presente Ordenanza el Señor Secretario
General del Honorable Concejo Deliberante.
Art. 4°) REGISTRESE, ENVIESE
copia
al Departamento Ejecutivo, publíquese, tomen conocimiento de
las Secretarias del Bloque y cumplido ARCHIVESE.-
ORDENANZA Nº 174/10.-
PUERTO SANTA CRUZ, 18 DE MARZO
DE 2010.-

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Fernando
Javier CARCAMO |
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NIRMA DEL CARMEN YAÑEZ |
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SECRETARIO GENERAL |
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PRESIDENTA |
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Honorable Concejo Deliberante |
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Honorable Concejo Deliberante |
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