Listado
de Ordenanzas
por año ORDENANZA
2008-135
Puerto Santa Cruz,
27 de
Marzo de 2008.
VISTO:
La gestión de las Sras. María Luisa FERNANDEZ del Bloque Radical y Nirma del Carmen YAÑEZ
del Bloque Justicialista, como concejales electas de Puerto Santa Cruz, y
CONSIDERANDO:
Que, la misma se
realiza “Ad honorem” por encontrarse las citadas acogidas a los beneficios de la Jubilación Ordinaria, otorgada por la Caja de Previsión Social de la Provincia.
Que,
en razón de la situación descripta, la misma priva del cobro de haberes mensuales
por los servicios prestados, en un todo de acuerdo con las leyes vigentes.
Que, el desarrollo de las
tareas habituales y otros gastos que se ocasionan por motivos inherentes a las
funciones que se desempeñan, se producen erogaciones que exceden los mecanismos
normales existentes.
POR ELLO: Y en uso de las atribuciones conferidas
por Ley
EL HONORABLE CONCEJO
DELIBERANTE
DE LA CIUDAD DE PUERTO SANTA CRUZ, EN SESIÓN ORDINARIA Nº 574 DEL 27 DE MARZO DE 2008, SANCIONA
CON FUERZA DE
ORDENANZA
Art. 1º): ESTABLECESE
un monto de $ 1.000,00
(Pesos mil) para cada una de las Concejales, que será destinado al pago de
Gastos de Representación que demande el desempeño “ad honorem” de las Sras.
Concejales Fernández, María Luisa Fernández y Yañez Nirma del Carmen, siendo
abonado en forma mensual a partir del 1º de enero del 2008, y durante el
período que dure la gestión de las mismas.
Art. 2º): DISPONER sin
perjuicio de lo establecido en el Art. 1º ) y que se abonen los viáticos por
comisión de servicios, de acuerdo a la escala vigente y cuando estos
justifiquen las razones del cumplimiento de sus funciones. Como así, si se
estableciera algún porcentaje de aumento en la administración
Pública Provincial, debería reflejarse en el monto indicado.
Art. 3º): EL GASTO
que demande el
cumplimiento del presente proyecto de Ordenanza, deberá ser imputado dentro
del Presupuesto General de Gastos y Cálculos de Recursos para el Ejercicio de
la siguiente manera.
Sección 0 - Sector 1 – Partida Principal 1
– Partida Parcial 1 – Partida Sub Parcial 01- DIETA.
Art. 4º): DEJAR
establecido que
la diferencia que se produce, será destinada a las atenciones sociales que
demande el cuerpo de Concejales.
Art. 5º): REFRENDARA
la presente
Ordenanza el Señor Secretario General del Honorable Concejo Deliberante.
Art. 6º): REGÍSTRESE, NOTIFÍQUESE,
tomen
conocimiento
las Secretarías de Bloque y cumplido ARCHÍVESE.
ORDENANZA Nº…………………………………………………..
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Fernando
Javier CARCAMO |
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Horacio
CONDE |
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SECRETARIO GENERAL |
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PRESIDENTE |
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Honorable Concejo Deliberante |
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Honorable Concejo Deliberante |
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