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ORDENANZA 2006-088

                                  

                                   Puerto Santa Cruz, 07 de diciembre  de 2006.-

 

VISTO:          

               La solicitud realizada por distintas agencias de remises, taxis y vecinos, referente a la falta de estacionamiento para subir pasajeros en lugares específicos de nuestra localidad;  y

CONSIDERANDO:

    Que, resultan  pasibles de accidentes los lugares como ser la zona del Supermercado Lloreda Hnos. para  subir los pasajeros que compran en el mismo local.

                   Que,  la Terminal de Ómnibus de nuestra ciudad no posee un lugar de estacionamiento para vehículos que presten servicios de remises o taxis, siendo incómoda la recepción de pasajeros y a su vez su traslado, ya que la zona de estacionamiento es libre.

    Que en las instituciones escolares se presenta el mismo problema con los particulares. De esta forma se solicita poder usar la zona de transporte escolar para el ascenso y descenso de pasajeros, notándose en la actualidad que el único transporte escolar es el colectivo del Ejército.

   Que se debe dictar el instrumento legal que obre en consecuencia.

 POR ELLO: Y en uso de las atribuciones conferidas por Ley      

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTEDE LA CIUDAD DE PUERTO SANTA CRUZ, EN SESIÓN ORDINARIA  Nº 556 DEL 07  DE DICIEMBRE DE 2006, SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA

 

Art. 1º) MARCAR y SEÑALIZAR  sobre  la calle San Martín a la altura entre 100 al  200 delimitado por las calles 25 de Mayo y 9 de Julio un sector para el ascenso y descenso de pasajeros para el servicio de taxis y remises, el mismo tendrá un máximo disponible en metros suficiente para el estacionamiento de dos (2) vehículos, permitiéndose un taxi y un remis por turno, debiendo respetarse esta distribución .

Art. 2°) DETERMINAR y SEÑALIZAR,  un lugar en  la Terminal de Ómnibus de nuestra ciudad para el  estacionamiento de vehículos que presten servicios de remises o taxis, el mismo tendrá un máximo disponible en metros suficiente para el estacionamiento de dos (2) vehículos, permitiéndose un taxi y un remis por turno, debiendo respetarse esta distribución .

Art. 3°) PERMITIR a los taxis y remises,  eluso de  la zona de transporte escolar de las instituciones escolares para el ascenso y descenso de pasajeros.

Art.4º) ADECUAR la ubicación y conformación de los carteles de señalización  a lo establecido en la reglamentación de la Ley Nacional de Tránsito y Seguridad Vial.

Art. 5º) LA Secretaría de Obras Públicas y Medio Ambiente deberá ejecutar lo establecido en la presenta en un máximo de 30 días a partir de la sanción de la presente.

Art. 6º)   REFRENDARÁ la presente la Señora  Secretaria General del Honorable Concejo Deliberante.

Art. 7°) REGÍSTRESE,  publíquese, tomen conocimiento las Secretarías de Bloque y cumplido ARCHÍVESE.

 

DADA  EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE PUERTO SANTA CRUZ, EN SESIÓN ORDINARIA Nº 556 CELEBRADA EL DIA  07 DE DICIEMBRE DE 2006.

 

ORDENANZA Nº……………………………………………………………....

 

Norma CASTAÑO

 Raúl César BARRANCO

SECRETARIA GENERAL

PRESIDENTE

Honorable Concejo Deliberante

Honorable Concejo Deliberante

   

              

  

 

 

 

   

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