|
Listado
de Ordenanzas
por año
ORDENANZA
1996-019
VISTO:
Que en reiteradas oportunidades se
ha realizado en la localidad concursos y eventos promoviendo el consumo de
bebidas alcohólicas; y
CONSIDERANDO:
Que es de publico conocimiento que
nuestra comunidad presenta dia a día una problemática muy compleja en lo que
respecta al consumo de bebidas alcohólicas.
Que hemos observado en algunos
medios locales la difusión y promoción a través de programas radiales a
avances publicitarios que incitan al consumo de las mismas por parte de los jóvenes.
Que es nuestra obligación
desarrollar una legislación de prevención al respecto en salvaguarda de la
salud de la población.
POR ELLO:
EL
HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, EN SECION DEL 13
DE
SEPTIEMBRE DE 1996, SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA
Art.
1º) PROHIBESE en jurisdicción de la Municipalidad de
Puerto Santa
Cruz, la realización de competencias, concursos y cualquier
otro tipo de eventos en lugares públicos
en los que se indujera o premiare
directa o indirectamente al consumo de bebidas
alcohólicas.
Art.
2º) Queda terminantemente prohibida la difusión en forma radial,televisiva
o escrita de programas, avances, etc. que hagan la apología o inciten al
consumo de bebidas alcohólicas.
Art.
3º) El incumplimiento por parte del responsable a las disposiciones sancionadas
en la presente Ordenanza será penado con multas de acuerdo a la escala
detallada a continuación.
1º
CONTRAVENCIÓN………………………………………...
1000M
2º
CONTRAVENCIÓN……………………………………. ….
2000M
3º
CONTRAVENCIÓN…………………………………………
3000M
Art.
4º) ENVIESE Copia de la presente para su conveniente difusión en los
medios de comunicación locales, a los efectos del debido conocimiento por parte
de la población en general.
Art.
5º) REFRENDERA la presente Ordenanza el Señor Secretario General del
Honorable Concejo Deliberante.
Art.
6º) REGISTRESE, ENVIESE copia al Departamento Ejecutivo, tomen conocimiento
las Secretarias de Bloques, y cumplido Archivese.
ORDENANZA
019-96
PUERTO
SANTA CRUZ, 13 DE SEPTIEMBRE DE 1996
|