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Listado
de Ordenanzas
por año
ORDENANZA
1996-018
PUERTO
SANTA CRUZ, 13 de Septiembre de 1996.
V
I S T O:
EL
proyecto de Ordenanza
presentado por el Poder Ejecutivo Municipal referente al régimen de Horas
Extras; y
CONSIDERANDO:
Que
la reglamentación actual dispone del otorgamiento de horas extras al personal
comprendido entre la categoría 1 hasta la 18 inclusive.
Que
las categorías 19 y 20 se ven imposibilitadas de percibir
dicho beneficios, sin bien algunos agentes pueden acceder al adicional por
disponibilidad de acuerdo a la Ordenanza Nº 005-93.-
Que
siendo necesario mantener la inquietud entre las categorías antes mencionadas
es conveniente legislar al respecto.
POR
ELLO:
Y
EN USO DE LAS ATRIBUCIONES QUE LE SON PROPIAS
EL
HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE
SANCIONA
CON FUERZA DE
ORDENANZA
Art.1º):
FIJASE en la suma de
Pesos Tres ($: 3,00), el valor de la hora extra para el personal comprendido
entre la categoría 1 a la 20 inclusive.
Art.2º):
RECIBIRÁN el
adicional por Disponibilidad únicamente los Agentes Municipales escalafonados
comprendidos entre las categorías 21 y 24 inclusive, que presten servicios por
encima del horario normal de labor estipulado para el personal de la
Municipalidad de Puerto Santa Cruz.
Art.3º):
EL PRESENTE adicional
estará basado en el 40 % de la asignación a la categoría 24 y tendrá carácter
de no remunerativo.
Art.4º):
El DEPARTAMENTO EJECUTIVO dispondrá
por Decreto el Otorgamiento de este adicional al funcionario o empleado que
corresponda, y asimismo reglamentará en función de tiempo y/o tarea la
modalidad de aplicación.
Art.5º):
DEJASE establecido
que el otorgamiento de horas extras deberá responder a caso de necesidad y
urgencia los que deberán ser evaluados exclusivamente por el Departamento
Ejecutivo Municipal.
Art.6º):
EL TEXTO ordenado de
la presente Ordenanza sustituye toda norma o modificación sancionada con
anterioridad, quedando derogadas a partir de la fecha.
Art.7º):
LA PRESENTE Ordenanza
tendrá vigencia a partir del 1º de Octubre del corriente año.
Art.8º):
REFRENDARÁ la
presente Ordenanza el Señor Secretario General del Honorable Concejo
Deliberante.
Art.9º):
REGÍSTRESE enviese copia al Departamento Ejecutivo, tomen
conocimiento las secretarías de Bloques, y cumplido archívese.
ORDENANZA:…………………018/96………………………….
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