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Listado
de Ordenanzas
por año
ORDENANZA
1996-013
VISTO:
La Ordenanza
Nº 013-HCD-96, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante, y;
CONSIDERANDO:
Que por la misma se toman refuerzos de las Partidas del Presupuesto
General de Gastos para el Ejercicio 1995, que registren economía al cierre del
mismo.
Que corresponde cumplimentar lo estipulado por el Art.61, inc. a) de la
Ley Nº 55;
POR
ELLO:
EL
INTENDENTE MUNICIPAL DE PUERTO SANTA CRUZ
DECRETA
Art.
1): PROMULGASE con el Nº 013/96 la Ordenanza sancionada por el
Honorable Concejo Deliberante, con fecha 14 de Junio de 1996.
Art.
2): REFRENDERAN el presente Decreto los Señores Secretarios Municipales.
Art.
3): PASE a la Dirección de Despacho a sus efectos.
Art.
4) TOMEN CONOCIMIENTO las demás dependencias municipales, regístrese,
notifíquese, cumplido archívese.
DECRETO Nº 1056/MPSC/96
MUNICIPALIDAD DE PUERTO SANTA CRUZ
VISTO:
El Presupuesto Municipal del año 1995, siendo
necesario el crédito de las Partidas en razón de haberse excedido en sus
montos originales y;
CONSIDERANDO:
Que no existe impedimento alguno para tomar refuerzos de las
Partidas que a la fecha registren economía en sus saldos.
POR
ELLO:
EL
HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE EN SESION DE FECHA
14
DE JUNIO DE 1996 SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA
Art.
1º) TOMESE refuerzos de partidas del Presupuesto General de
Gastos para el ejercicio 1995, que registren economía al cierre del mismo
y de acuerdo al siguiente detalle:
GASTOS
EN PERSONAL
113.339.63
0-1-1-1-01
Autoridades
Superiores
38.247.78
0-1-1-1-02
Personal
Administrativo
16.247.78
0-1-1-1-03
Personal Servicios
Generales
9.167.84
0-1-1-1-04
Personal Mantenimiento y
Producción
48.291.52
0-1-1-1-05
Dedicación
Funcional
1.453.92
Art.
2º) Con los refuerzos tomados en el articulo anterior se reforman las
partidas en sus montos autorizados de acuerdo al siguiente detalle:
GASTOS
EN PERSONAL
57152.68
0-1-1-2-02
Horas
Extras
13.777.62
0-1-1-2-03
Salario
Familiar
35.052.06
0-1-1-2-14
Disponibilidad
511.20
0-1-1-3-01
Personal
Contratado
2.459.01
0-1-1-3-01
Personal Jornalizado
5.352.79
BIENES
10.227.43
0-1-2-2-04
Útiles y Materiales de
Aseo
983.37
0-1-2-2-05
Materiales de
Construcción
511.57
0-1-2-2-07
Productos
Farmacéuticos
100.65
0-1-2-2-12
Hostería
Municipal
8.631.84
SERVICIOS
41.587.32
0-1-3-3-01
Electricidad, Gas, Agua y
Cloacas
13.583.53
0-1-3-3-02
Transportes y
Almacenajes
2.725.62
0-1-3-3-04
Comunicaciones
276.68
0-1-3-3-06
Seguros y
Comisiones
1.123.18
0-1-3-3-15
Obra Social
Municipal
2.372.22
0-1-3-3-17
Subsidio y Subvenciones
516.00
0-1-3-3-22
Asistencia Repetidora T.V
782.22
0-1-3-3-23
Otros
20.207.87
BIENES
DE CAPITAL
3.738.32
4-5-4-5-01
Muebles y
Útiles
2.891.30
4-5-10-6-01
Parquizacion y Forestación
Urbana
846.90
ANEXO
I –HONORABLE CONCEJO DELIBARANTE
SERVICIOS
634.00
0-1-3-3-06
Subsidios y Subvenciones
634.00
Art.
3º) REFRENDERA la presente Ordenanza el Señor Secretario
General del Honorable Concejo Deliberante.
Art.
4º) REGISTRESE envíese copia al
Departamento Ejecutivo, tomen conocimiento las Secretarias de Bloques, y
cumplido ARCHIVESE.
Puerto
Santa Cruz, 13 de Mayo de 1996
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