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Listado
de Ordenanzas
por año
ORDENANZA
1996-009
V
I S T O:
La Ordenanza Nº 013-HCD-96, sancionada por el
Honorable Concejo Deliberante, y;
CONSIDERANDO:
Que por la misma se toman refuerzos de las
Partidas del Presupuesto General de Gastos para el Ejercicio 1995, que registren
economía al cierre del mismo.
Que corresponde cumplimentar lo estipulado por
el Art.61, inc. a) de la Ley Nº 55;
POR ELLO:
EL
INTENDENTE MUNICIPAL DE PUERTO SANTA CRUZ
DECRETA
Art. 1): PROMULGASE con el Nº
013/96 la Ordenanza sancionada por el Honorable Concejo Deliberante, con fecha
14 de Junio de 1996.
Art. 2): REFRENDERAN el presente Decreto
los Señores Secretarios Municipales.
Art. 3): PASE a la Dirección de
Despacho a sus efectos.
Art. 4) TOMEN CONOCIMIENTO las demás
dependencias municipales, regístrese, notifíquese, cumplido archívese.
DECRETO Nº 1056/MPSC/96
MUNICIPALIDAD DE PUERTO SANTA
CRUZ
VISTO:
El Presupuesto
Municipal del año 1995, siendo necesario el crédito de las Partidas en razón
de haberse excedido en sus montos originales y;
CONSIDERANDO:
Que no existe impedimento
alguno para tomar refuerzos de las Partidas que a la fecha registren economía
en sus saldos.
POR ELLO:
EL
HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE EN SESION DE FECHA
14
DE JUNIO DE 1996 SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA
Art. 1º) TOMESE refuerzos de partidas
del Presupuesto General de Gastos para el ejercicio 1995, que
registren economía al cierre del mismo y de acuerdo al siguiente
detalle:
GASTOS EN PERSONAL 113.339.63
0-1-1-1-01
Autoridades Superiores
38.247.78
0-1-1-1-02
Personal Administrativo
16.247.78
0-1-1-1-03
Personal Servicios Generales
9.167.84
0-1-1-1-04
Personal Mantenimiento y Producción
48.291.52
0-1-1-1-05
Dedicación Funcional
1.453.92
Art. 2º) Con los refuerzos
tomados en el articulo anterior se reforman las partidas en sus
montos autorizados de acuerdo al siguiente detalle:
GASTOS
EN PERSONAL
57152.68
0-1-1-2-02 Horas Extras
13.777.62
0-1-1-2-03 Salario Familiar
35.052.06
0-1-1-2-14 Disponibilidad
511.20
0-1-1-3-01 Personal Contratado
2.459.01
0-1-1-3-01 Personal Jornalizado
5.352.79
BIENES
10.227.43
0-1-2-2-04 Útiles y
Materiales de Aseo
983.37
0-1-2-2-05 Materiales de
Construcción
511.57
0-1-2-2-07 Productos Farmacéuticos
100.65
0-1-2-2-12 Hostería
Municipal
8.631.84
SERVICIOS
41.587.32
0-1-3-3-01 Electricidad,
Gas, Agua y Cloacas
13.583.53
0-1-3-3-02 Transportes y
Almacenajes
2.725.62
0-1-3-3-04 Comunicaciones
276.68
0-1-3-3-06 Seguros y
Comisiones
1.123.18
0-1-3-3-15 Obra Social
Municipal
2.372.22
0-1-3-3-17 Subsidio y
Subvenciones
516.00
0-1-3-3-22 Asistencia
Repetidora T.V
782.22
0-1-3-3-23 Otros
20.207.87
BIENES DE CAPITAL
3.738.32
4-5-4-5-01 Muebles y Útiles
2.891.30
4-5-10-6-01 Parquizacion y Forestación Urbana
846.90
ANEXO I –HONORABLE CONCEJO
DELIBARANTE
SERVICIOS
634.00
0-1-3-3-06 Subsidios y Subvenciones
634.00
Art. 3º) REFRENDERA la
presente Ordenanza el Señor Secretario General del Honorable Concejo
Deliberante.
Art. 4º) REGISTRESE
envíese copia al Departamento Ejecutivo, tomen conocimiento las Secretarias de
Bloques, y cumplido ARCHIVESE.
Puerto
Santa Cruz, 13 de Mayo de 1996
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