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Listado
de Ordenanzas
por año
ORDENANZA
1996-008 .
V
I S T O:
La
Ordenanza Nº 08- HCD-96, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante, y Considerando
CONSIDERANDO:
QUE POR LA MISMA SE FACULTA AL DEPARTAMENTO EJECUTIVO A CONTRATAR MEN FORMA DIRECTA LA EMPRESA EQUIMAC S.A. POR UN MONTO APROXIMADO DE PESOS CUATROCIENTOS MIL ($ 400.000.) PARA LA OBRA REPARACION Y REPAVIMENTACION DE CALLES DE PUERTO SANTA CRUZ;
Que corresponde cumplimentar lo estipulado por el Art. 61, inc. A) de la Ley Nº 55
POR
ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE PUERTO SANTA CRUZ
DECRETA
Art.
1º): PROMULGASE con el Nº 08/96 la
Ordenanza sancionada por el
Honorable Concejo Deliberante, con fecha 08/ de marzo de
1996.-
Art.
2º): REFRENDERA el presente Decreto los Señores Secretarios
Municipales.
Art.
3º): PASE a la Dirección General de Despacho a sus efectos.
Art.
4º): TOMEN CONOCIMIENTO las demás dependencias municipales,
regístrese, notifíquese, cumplido archívese
.
Decreto
Nº 533/MPSC/96.-
MUNICIPALIDAD
DE PUERTO SANTA CRUZ, 21/03/96
VISTO:
La solicitud y tramitación efectuada por el Departamento
Ejecutivo, y
CONSIDERANDO:
Que el pavimento de la calles de la
localidad data en su mayoría del año 1968, sin que se haya hecho un
mantenimiento de importancia, acusando un deterioro pronunciado, muy próximo al
colapso total, haciéndose imprescindible el arreglo de las mismas, debiéndose
por tanto actuar con premura, preferentemente antes del inicio de la temporada
invernal, desde que la misma puede producir el colapso anteriormente mencionado
Que la Municipalidad ha realizado
obras de bacheo, pero al no contar con maquinaria adecuada, estos fueron
temporarios.
Que las calles afectadas, pertenecen
en su mayoría a la zona mas densamente poblada.
Que se encuentra trabajando en la
construcción de la ruta Nº 288 la Empresa Equinac S.A.
Que la antes mencionada Empresa,
posee los elementos necesarios para dicho trabajo, una planta de procesamiento
de asfalto en caliente, trituradora de canto rodado y material acumulado, todo
esto instalado en campamento próximo y adecuado, condición determinante y
sumamente gravitante en el costo de una obra de esta naturaleza, y que no es
usual en el ámbito de nuestra provincia, contar con este tipo de
infraestructura.
Que la Empresa Equimac S.A. presenta
presupuesto por el trabajo, conveniente para los intereses del Municipio.
Que ha comprometido su respaldo el
Gobierno Provincial para la financiación de la obra.
EL
HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE EN SESION DE
FECHA
08 DE MARZO DE 1996 SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA
Art.
1) FACULTASE al Departamento Ejecutivo a contratar en forma directa a la
Empresa Equimac S.A. por su monto aproximado de pesos cuatrocientos mil ($
400.000) para la realización de la obra reparación y pavimentación de calles
en Puerto Santa Cruz, efectuando para ello las gestiones pertinentes.
Art.
2) REFRENDERA la presente Ordenanza el Sr. Secretario/ General del Honorable
Concejo Deliberante.
Art.
3) COMUNIQUESE al Departamento Ejecutivo, regístrese, tomen conocimiento
las Secretarias de Bloques, y cumplido archívese.
ORDENANZA
Nº
008-06
PUERTO
SANTA CRUZ
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