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Listado
de Ordenanzas
por año
ORDENANZA
1995-005
PUERTO
SANTA CRUZ, 14 de Junio de 1995.
V
I S T O:
La
nota enviada con fecha 17 de Abril de 1995, por la Asociación Cooperadora del
Hospital Seccional “Dr. Eduardo Canosa”, y
CONSIDERANDO:
Que,
mediante la referida presentación la Asociación Cooperadora comunica la
decisión de “Donar con Cargo” a la Comunidad de Puerto Santa Cruz una serie
de elementos.
Que,
la entidad donante
puntualiza especialmente que la misma se hace bajo el específico y expreso
cargo de no ser retirados del Hospital “Dr. Eduardo Canosa”, bajo ningún
motivo y por ninguna autoridad.
Que,
la donante propone que el Municipio acepte la donación con cargo en los
términos de los Arts. 1826 – 1849 y concordantes del Código Civil, por ser
el organismo institucional que representa a la comunidad destinataria.
Que,
este ofrecimiento desinteresado resulta beneficioso para el mejor funcionamiento
del Hospital y así cumplir con sus objetivos trascendentales para la salud de
esta Comunidad.
POR
ELLO:
EL
HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE SANCIONA
CON
FUERZA DE
ORDENANZA
Art.1º):
ACEPTASE la donación efectuada por la Asociación Cooperadora del
Hospital “Dr. Eduardo Canosa”, de los siguientes elementos:
1 Vehículo marca Fiat, tipo furgón – Modelo 1994.
1 Computadora 486 con 8 Mb. Y HD 340.
1 Computadora 386 con 4 Mb. Y HD 120 SVGA.
5 Computadoras 285 con 1 Mb y HD 40 VGA.
1 Impresora HEWLETT PACKARD
HP D5560.
12
Placas de comunicaciones, cable y conexiones.
1 Procesadora ayudante de Cocina SKYMSEM-MOD PA-ZC.
1Equipo de comunicación ICOM IC 725 Serie 12555 (base)
1 Equipo de Comunicación ICOM IC 77 serie
02505
(Ambulancia)
Art.2º):
ACEPTASE en los términos de los artículos 1826, 1849 y concordantes del
Código Civil, el cargo impuesto por la entidad donante de no retirar del
Hospital “Dr. Eduardo Canosa” de Puerto Santa Cruz, los elementos donados
bajo ningún motivo y por ninguna autoridad.
ART.3º):
AGRADECER a la
Asociación Cooperadora DEL Hospital “Dr. Eduardo Canosa”, la donación
realizada.
ART.4º):
COMUNÍQUESE al
Ministerio de Asuntos Sociales la aceptación de la donación con el cargo
impuesto por la donante.
Art.5º):
REFRENDARÁ la
presente Ordenanza la Señora Secretario General del Honorable Concejo
Deliberante.
Art.6º):
REGÍSTRESE, ENVÍESE copia al Departamento Ejecutivo, a la Dirección del
Hospital “Eduardo Canosa”, tomen conocimiento las Secretarías de
Bloque y cumplido ARCHÍVESE.
ORDENANZA:……………005/95…………………….
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