Escudo de Puerto Santa Cruz

Bandera y escudo de la Provincia de Santa Cruz
     Puerto Santa Cruz, 

I n i c i oB ú s q u e d a C o n t a c t o

 

 

 

Contáctese >>>

Realice un paseo por Puerto Santa Cruz

 

FESTEJOS DEL BICENTENARIO

 

 

 

Deje su sello en nuestro mural >>>

 

 

Estado del tiempo y pronóstico para PUERTO SANTA CRUZ

Estado del tiempo y pronóstico para PUERTO SANTA CRUZ

 

 

VISITE PARQUE NACIONAL "MONTE LEÓN"

VISITE PARQUE NACIONAL

MONTE LEÓN

 

HCD Puerto Santa Cruz en Facebook

HCD Puerto

Santa Cruz en Facebook

 

 

 

 

 
 

 

 

 

Listado de Ordenanzas por año

 

 

ORDENANZA 1994-012  

 

PUERTO SANTA CRUZ, 11 de Mayo de 1994.

 

V I S T O:

La Ordenanza Nº 019–91; 

CONSIDERANDO:

Que para mejorar su interpretación dicha norma fue modificada y derogada parcialmente.

Que como resultado quedan en vigencia dos Ordenanzas, una referida al nivel remunerativo de las Direcciones y Asesorías del Departamento Ejecutivo Municipal, y otra en lo que hace a las Autoridades Superiores del Departamento Ejecutivo y Honorable Concejo Deliberante.  

Que en lo que respecta a este último caso, es conveniente ordenar el texto confeccionando una nueva Ordenanza.

POR ELLO:

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE SANCIONA

CON FUERZA DE

ORDENANZA

 

Art.1º):       LAS Autoridades Superiores del Departamento Ejecutivo Municipal y del Honorable Concejo Deliberante remuneran a sus funcionarios, de acuerdo a la siguiente equivalencia, con los cargos provinciales que se mencionan:      

a) INTENDENTE MUNICIPAL: remuneración equivalente al cargo de Ministro del Estado Provincial.

b) SECRETARIOS COMUNALES: remuneración equivalente al cargo de Sub-Secretario Provincial.

c) DIRECTOR GRAL. DE DESPACHO: remuneración equivalente al 90 % de Secretario Municipales.

d) HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE: 1) Presidente, Concejales, Secretario General y Secretario del Presidente del H.C.D.: remuneración establecida por Ordenanza Nº 020/92.

2) Secretarios de Bloque: remuneración establecida por Ordenanza Nº 026/92.

Art.2º):       Las remuneraciones anteriormente detalladas serán percibidas mientras los funcionarios permanezcan en los respectivos cargos.

Art.3º):       DERÓGASE la Ordenanza Nº 019/91.

Art.4º):       REFRENDARÁ la presente Ordenanza el Señor Secretario General del Honorable Concejo Deliberante.

Art.5º):       COMUNÍQUESE al Departamento Ejecutivo Municipal regístrese y cumplido  ARCHÍVESE.

 

ORDENANZA Nº 012-HCD-94

 

Alejandro G. VICTORIA                         Elvira F. VICTORIA

Secretario General                               Vice- Presidente

 Honorable Concejo Deliberante             Honorable Concejo Deliberante

                                    A/C Presidencia

 

 

 

   

Sitio web oficial del Honorable Concejo Deliberante de Puerto Santa Cruz, Santa Cruz, Argentina

Administración | Legislación | Reglamento Temas de Int  Historia | 1ra. Capital  | Turismo | Pto. Sta Cruz | Clima | Datos útiles | Enlaces