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ORDENANZA 1994-005  

 

PUERTO SANTA CRUZ, 23 de Marzo de 1994.

V I S T O:

El régimen de Horas Extras de la Municipalidad de Puerto Santa Cruz;  y 

CONSIDERANDO:

Que las necesidades operativas fuera de veda invernal hacen que algunas veces resulte imprescindible, y otras convenientes a los intereses del Municipio, extender los horarios y jornadas habituales de trabajo. 

Que ante esta situación, se plantea la opción entre contratar transitoriamente a terceros, o extender la jornada de los empleados municipales abonando Horas Extras. 

Que es opinión del municipio, optar por la segunda variante, salvo casos puntuales y específicos, por cuanto no se interrumpirían los ritmos y criterios de trabajo.  

Que a los fines pertinentes, resulta necesario dictar el Instrumento Legal respectivo.

POR ELLO:

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE SANCIONA

CON FUERZA DE

ORDENANZA

Art.1º):       AUTORÍZASE en el ámbito de la Municipalidad de Puerto Santa Cruz, la realización de Horas Extras hasta un máximo de SETENTA (70) horas mensuales por agente.  

Art.2º):       LA HABILITACIÓN de horas extras será dispuesta por los responsables de cada área municipal, siguiendo un criterio de imprescindible necesidad del servicio, y no podrá exceder en ninguna caso el tope fijado en el articulo 1º).

Art.3º):       DÉJASE ESTABLECIDO que resultará de aplicación en todo lo que no se oponga a la presente, la Ley Provincial 1327, sus disposiciones, modificatorias y complementarias.

Art.4º):       LA PRESENTE tendrá vigencia a partir del 1º de Enero de 1994.

Art.5º):       DERÓGASE la Ordenanza Nº 021/93.

  

Art.6º):       REFRENDARÁ la presente Ordenanza el Señor Secretario General del Honorable Concejo Deliberante.

Art.7º):       COMUNÍQUESE al Departamento Ejecutivo Municipal, regístrese y cumplido  ARCHÍVESE.

ORDENANZA Nº 005-HCD-94

     Alejandro G. VICTORIA                                           Alberto J. SALGADO

Secretario General                                                          Presidente

 Honorable Concejo Deliberante                          Honorable Concejo Deliberante

 

 

 

   

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