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ORDENANZA 1993-022

 

PUERTO SANTA CRUZ, 22 de Diciembre de 1993.-

V I S T O

La  necesidad por parte del Municipio de realizar trabajos eventuales; y

CONSIDERANDO:

Que cierto tipo de trabajos por sus características y particularidades requiere a veces la afectación de personal especializado de determinadas tareas.

Que también las necesidades operativas del municipio en ciertas ocasiones exigen realizar tareas aisladas que pueden determinarse por jornadas de trabajo y no justifican la ocupación de personal permanente o mensualizado.

Que tampoco es adecuada o conveniente para el funcionamiento municipal, la desafectación del personal que tiene actividades o trabajos específicos, estables y permanentes que tendrían que descuidarse para realización de tareas distintas y puntuales.

Que atento a lo expuesto, resulta conveniente para los intereses comunales y un correcto accionar operativo, prever la posibilidad de ocupar a personal por día o jornada de trabajo.

 

POR ELLO:

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE SANCIONA

CON FUERZA DE

ORDENANZA

 

Art. 1°):     AUTORÍZASE al Departamento Ejecutivo Municipal  a ocupar personal JORNALIZADO para la realización de trabajos y/o tareas eventuales.

Art. 2°):     DÉJASE establecido que cada jornada de trabajo implica la prestación de actividades durante OCHO ( 8) HORAS continuas o discontinuas.

Art. 3°):     LA REMUNERACIÓN  será fijada como ÚNICA Y TOTAL POR CADA DÍA O JORNADA DE TRABAJO, y la fijará el Departamento Ejecutivo siguiendo pautas salariales vigentes.

Art. 4°):   A efectos de evitar la perpetuidad del personal jornalizado y sus consecuencias jurídicas, el Departamento Ejecutivo no podrá tener a una misma persona por más de QUINCE (15) JORNADAS en el mes calendario.

Art. 5°)    REFRENDARÁ la presente Ordenanza el Señor Secretario   General del Honorable Concejo Deliberante.

                                                                          

ORDENANZA Nº 022-93

 

Alejandro G. VICTORIA                       Alberto J. SALGADO

Secretario General                                   Presidente

Honorable Concejo Deliberante        Honorable Concejo Deliberante

                                          

 

 

   

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