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Listado
de Ordenanzas
por año
ORDENANZA
1993-022
PUERTO
SANTA CRUZ, 22 de Diciembre de 1993.-
V
I S T O
La necesidad por parte del Municipio de realizar trabajos eventuales; y
CONSIDERANDO:
Que cierto
tipo de trabajos por sus características y particularidades requiere a veces la
afectación de personal especializado de determinadas tareas.
Que
también las necesidades operativas del
municipio en ciertas ocasiones exigen realizar tareas aisladas que pueden
determinarse por jornadas de trabajo y no justifican la ocupación de personal
permanente o mensualizado.
Que
tampoco es adecuada o conveniente para el
funcionamiento municipal, la desafectación del personal que tiene actividades o
trabajos específicos, estables y permanentes que tendrían que descuidarse para
realización de tareas distintas y puntuales.
Que
atento a lo expuesto, resulta conveniente para
los intereses comunales y un correcto accionar operativo, prever la posibilidad
de ocupar a personal por día o jornada de trabajo.
POR
ELLO:
EL
HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE SANCIONA
CON
FUERZA DE
ORDENANZA
Art.
1°): AUTORÍZASE al
Departamento Ejecutivo Municipal a ocupar personal JORNALIZADO para la
realización de trabajos y/o tareas eventuales.
Art.
2°): DÉJASE establecido que cada jornada de
trabajo implica la prestación de actividades durante OCHO ( 8) HORAS continuas
o discontinuas.
Art.
3°): LA REMUNERACIÓN será
fijada como ÚNICA Y TOTAL POR CADA DÍA O JORNADA DE TRABAJO, y la fijará el
Departamento Ejecutivo siguiendo pautas salariales vigentes.
Art. 4°):
A efectos
de evitar la perpetuidad del personal jornalizado y sus consecuencias jurídicas,
el Departamento Ejecutivo no podrá tener a una misma persona por más de QUINCE
(15) JORNADAS en el mes calendario.
Art. 5°)
REFRENDARÁ la presente
Ordenanza el Señor Secretario General del Honorable Concejo
Deliberante.
ORDENANZA
Nº 022-93
Alejandro
G. VICTORIA
Alberto J. SALGADO
Secretario
General
Presidente
Honorable
Concejo Deliberante Honorable Concejo Deliberante
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