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ORDENANZA 1993-001

PUERTO SANTA CRUZ, 10 de marzo de 1993.-

V I S T O:

La  nota enviada con fecha 10 de febrero de 1993 por la Asociación Cooperadora del Hospital Seccional “Dr. Eduardo Canosa”, y

CONSIDERANDO

           Que mediante la referida presentación la Asociación Cooperadora comunica la decisión de “Donar con cargo” a la comunidad de Puerto Santa Cruz una ambulancia.

          Que dicha resolución fue adoptada en la reunión de la mencionada Asociación Cooperadora del día 10 de Agosto de 1992.

          Que la entidad donante puntualiza especialmente que la misma se hace bajo el  específico y expreso cargo de no ser retirada del Hospital “Dr. Eduardo Canosa”, bajo ningún motivo y por ninguna autoridad.

          Que la donante propone que el Municipio acepte la donación con cargo en los términos de los artículos 1826 - 1849 y concordantes del Código Civil, por ser el organismo institucional que representa a la comunidad destinataria.

          Que este ofrecimiento desinteresado resulta beneficioso para el mejor funcionamiento del Hospital y así cumplir con sus objetivos trascendentes para la salud de esta comunidad.

             

POR ELLO:

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE SANCIONA

CON FUERZA DE

ORDENANZA

 

Art.1º):  ACÉPTASE la donación efectuada por la Asociación Cooperadora del Hospital Seccional “Dr Eduardo Canosa” de una ambulancia marca TRAFIC, tipo furgón, carrocería T 310-006407- Motor 2896458.

Art. 2°):   ACÉPTASE en los términos de los artículos 1826, 1849 y concordantes del Código Civil, el cargo impuesto por la entidad donante de no retirar del Hospital “Dr. Eduardo Canosa” de Puerto Santa Cruz, la ambulancia donada bajo ningún motivo y por ninguna autoridad.

Art. 3°):   AGRADECER a la Asociación Cooperadora del Hospital “Dr. Eduardo Canosa”, la donación realizada,

Art.4°):   COMUNÍQUESE al Ministerio de Asuntos Sociales la aceptación de la donación con el cargo impuesto por la donante.

Art. 5°):  REFRENDARÁ la presente Ordenanza el Señor Secretario General del Honorable Concejo Deliberante.

Art. 6°):  COMUNÍQUESE al Departamento Ejecutivo Municipal, regístrese, dése a publicidad y cumplido archívese.

 

ORDENANZA N° 001-93

 

Alejandro G. VICTORIA                       Alberto J. SALGADO

Secretario General                                   Presidente

Honorable Concejo Deliberante    Honorable Concejo Deliberante

                                                                              

 

 

   

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