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Listado
de Ordenanzas
por año
ORDENANZA
1984-001-Bis
PUERTO
SANTA CRUZ, 18 de Enero de 1984.
V
I S T O:
El
“Proyecto de
Ordenanza” elevado por el Departamento Ejecutivo correspondiente a la
“DIETA” de los señores Concejales del Honorable Concejo Deliberante de
Puerto Santa Cruz, obrante en Expediente Nº 001 Bis-H.C.D.-84; y
CONSIDERANDO:
Que,
de acuerdo a lo establecido por el Art. Nº 57 de la Ley Provincial Nº 55,
corresponde al Departamento Ejecutivo presentar a consideración del Concejo el
monto de la DIETA que será asignada mensualmente a cada uno de los integrantes
del mismo.
Que,
con tal motivo el “Proyecto de Ordenanza” fue sometido a consideración del
Cuerpo;
POR ELLO:
EL
HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE SANCIONA
CON
FUERZA DE
ORDENANZA
Art.1º):
FIJASE a partir del día 24
de noviembre de 1983 como retribución mensual a los señores Concejales en
concepto de “DIETA” los montos que a continuación se detallan:
DIETA GASTOS DE
REPRESENTACION TOTAL
$a.
6.550.-
$a. 6.550.-
$a. 13.100.-
Art.2º):
FIJAR un incremento del 10%
(diez por ciento) a los montos establecidos en concepto de “CARGO DE MAYOR
JERARQUIA”, que será percibido únicamente por el Señor Presidente del
Honorable Concejo Deliberante en funciones.
Art.3º):
El incremento de la “DIETA” se efectuará de acuerdo a los porcentajes
que estipulen las Escalas Salariales para el personal de la Administración Pública
Provincial. Asimismo a las remuneraciones establecidas en los artículos
precedentes, corresponderá liquidar el adicional por zona desfavorable y
salario familiar.
Art.4º):
REFRENDARAN la
presente Ordenanza, los señores Presidente y Secretario General del Honorable
Concejo Deliberante respectivamente.
Art.5º):
COMUNIQUESE, al Departamento Ejecutivo lo resuelto en la presente, regístrese
y cumplido ARCHÍVESE.
ORDENANZA:………001-84-Bis…………………….
Norberto
Armando LOPEZ
Marco Luis MARINKOVIC
Secretario General
Presidente
H.C.D.
H.C.D.
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